
Para promover el desarrollo de temas educativos, sanitarios, la capacitación y actualización correspondiente; se llevó a cabo la firma de un convenio marco entre la Unión de Docentes de la Provincia de Misiones (UDPM), Ministerio de Salud Pública y Ministerio de Educación.
La firma se realizó en el marco de la Ley Justina, aprobada recientemente en Nación y fue en la mañana de este martes en el edificio del Ministerio de Salud Pública entre la secretaria general de la UDPM, Stella Maris Leverberg; el ministro de Salud, Walter Villalba y la ministra de Educación, Ivonne Aquino.
"La UDPM siempre va a estar a disposición, el esfuerzo compartido es lo que nos potencia y permite llevar adelante las políticas públicas. Somos una organización que está dispuesta y sobre todo en tema de educación y salud. Agradecemos tenernos en cuenta para poder avanzar y así encontrar la forma de enfrentar las distintas situaciones, sobre todo las que se viven en las escuelas que es donde se inicia todo. En eso vamos a hacer hincapié “Sobre el tema de donación de órganos, queremos trabajar conociendo, ver cómo podemos colaborar en el compromiso con la vida, avanzar y profundizar los conocimientos para dar certeza de tranquilidad a los familiares que pierden un ser querido”, explicó Leverberg.
Asimismo, dijo que “venimos trabajando con el director del CUCAIMIS, Richard Malán en talleres, en toda la provincia y más adelante queremos trabajar en una diplomatura superior para que los referentes accedan a formación específica y así poder cumplir una ley con compromiso”.
En tanto el ministro resaltó el trabajo de la UDPM en la política pública y llevar adelante este trabajo de cooperación. “Agradecemos al gremio de la manera que viene trabajando en las charlas con el director del CUCAIMIS; debemos resaltar esa labor de los docentes y es por eso que el trabajo en conjunto da frutos, sobre todo en un tema tan delicado”, destacó Villalba.
CLÁUSULAS DEL CONVENIO FIRMADO:
- CLÁUSULA PRIMERA: El presente Convenio tiene por objeto establecer un marco amplio de cooperación en actividades de mutuo interés de trascendencia educativa, sanitaria, científica, social y cultural.
- CLÁUSULA SEGUNDA: “LAS PARTES” se comprometen a llevar adelante todas aquellas acciones tendientes a facilitar los trámites necesarios para dar cumplimiento al presente Convenio.
- CLÁUSULA TERCERA: A los fines de la ejecución del presente y en los casos que resulte necesario “LAS PARTES” se comprometen a confeccionar y suscribir Protocolos Específicos y Actas Complementarias en los que se establecerá el Cronograma de las actividades a desarrollar y las responsabilidades asumidas por cada una de ellas, pudiendo designar a tales efectos un Representante Técnico por cada una de “LAS PARTES”.
- CLÁUSULA CUARTA: Las diferencia que pudieran suscitarse con motivo de la interpretación y ejecución del presente Convenio, serán resueltas por mutuo acuerdo entre las partes.
- CLÁUSULA QUINTA: El presente convenio entrará en vigor al día inmediato hábil siguiente al de su firma y regirá hasta 01 de diciembre de 2019, pudiendo renovarse automáticamente por un período de un año, salvo que medie manifestación en contrario de alguna de las partes.
- CLÁUSULA SEXTA: Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula anterior, en cualquier momento cualquiera de las partes podrá manifestar a las otras su voluntad de rescindir el presente, para lo cual será necesario una comunicación fehaciente con una anticipación no menor a los treinta (30) días corridos.